Prohibido despedir trabajadores por el Covid-19

El Consejo de Ministros no autorizará la rescinsión de los contratos motivados por el coronavirus, "nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria y más después de todos los mecanismos y recursos que el Gobierno ha puesto", ha indicado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien también ha informado que a los parados se les pondrá el 'contador a cero' tras esta situación y que se revisarán de oficio todos los expedientes de ERTE, con duras sanciones si observan algún fraude.

  • Ha sido aprobado de forma definitiva el 'Estado de alarma' hasta la medianoche del 12 de abril.
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El Gobierno de España ha aprobado hoy, en Consejo de Ministros y tras la autorización del Congreso de los Diputados, prorrogar el Estado de Alarma y las medidas vigentes hasta las 00:00 horas del día 12 de abril.

El Ejecutivo remitirá semanalmente al Congreso información sobre la ejecución de las distintas medidas adoptadas y su eficacia para contener el virus Covid-19 y mitigar su impacto sanitario, económico y social.

Además y con el objetivo de seguir haciendo frente a esta crisis sanitaria, ha aprobado un Real Decreto de nuevas medidas en el ámbito laboral para continuar protegiendo a los trabajadores y trabajadoras.

  • No estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19.
  • Suspender los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, supondrá alargar su duración.
  • Se fija un mecanismo para que la prestación por desempleo se solicite directamente por parte del empresario que ha tramitado el ERTE y se garantiza la percepción de la ayuda desde el momento en que se produce la falta de actividad.
  • La Inspección de Trabajo y Seguridad Social comprobará las causas alegadas para los ERTE.

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