'El seguro de la comunidad de propietarios y el de hogar'
"El seguro de la comunidad es una herramienta imprescindible y su adaptación a las circunstancias que concurran en cada comunidad, hace necesario unos conocimientos mínimos de la Ley de Contrato de Seguros a los efectos de evitar el rechazo de los siniestros por exclusiones y la aplicación de la regla del infraseguro, y de ahí el dicho de que “los seguros lo cubre todo menos lo que sucede”, y aún siendo menor las incidencias, sucede alguna vez no haberse estudiado las condiciones particulares de la póliza y generales, especialmente las exclusiones o las franquicias.
Nuestra práctica profesional como Administradores de Fincas nos ha mostrado que un 10% de los seguros comunitarios no se encuentran actualizados a una realidad concreta, el valor de la finca no corresponde y se reduce buscando economías y ya directamente se contrata con infraseguro y/o franquicias, y otras veces, las aseguradoras directamente y a su vencimiento y sin pactar aplican la franquicia y te enteras cuando sucede un siniestro, donde los primeros 150 o 300 Euros los tiene que pagar la comunidad, y nos preguntamos ¿para que tenemos el seguro?
El infraseguro trata de asegurarse por un valor inferior a la realidad y esa propuesta, la mayoría de veces se hacen para ser más competitivos en precio ante la competencia y obtener el cierre del contrato.
El “Infraseguro” en la mayoría de veces es dramático y grave, especialmente en los siniestros importantes como un incendio, donde la aseguradora negará una parte por no estar asegurado el edificio a su valor real, y como ejemplo, si aseguramos el edificio en 600.000 € siendo su valor real 1.200.000’ €, ciertamente los copropietarios pagan la mitad por el seguro, pero no es menos cierto que si concurre un incendio de 200.000 €, la aseguradora indemnizará con 100.000 € al haber sido asegurado y pagado por el 50% del valor del edificio y su conjunto.
Puede suceder también a la hora de contratar el seguro que se produzca la figura del “Sobreseguro”, esto es, hemos asegurado el edificio a valor de mercado y no por el valor reconstrucción, teniendo en cuenta que se ha repercutido el valor del suelo, valor que no se pierde nunca aunque concurra un siniestro total, por lo tanto y en caso de un siniestro total, y como no debe de haber lucro en la indemnización, el seguro en caso de siniestro total no pagara 2 millones asegurados si el valor es de 1 millón, pagará el millón y devolverá la prima por diferencia en más que se ha pagado del periodo en vigor.
Algunas veces se contratan algunas garantías inútiles que al igual del sobreseguro, hacen elevar los costes y de poco sirven a la hora de la verdad, y como ejemplo la reconstrucción de jardines, cuando ni lo tiene la comunidad, o los siniestros por agua en las líneas privativas de cada vivienda, que aumenta mucho el valor del seguro, cuando en realidad lo tiene asegurado cada propietario en su póliza de hogar.
Además hay que tener en cuenta que a la hora del siniestro no cobrarán de cada uno de los seguros de comunidad y hogar, lo que puede pasar es que se tengan que poner de acuerdo para indemnizar entre ellas los daños producidos según valor de los daños y proporcional al capital asegurado en cada seguro, por ello y para reducir costes es mejor coordinar lo que se asegura".
* Juan Manuel Moreno Escosa es administrador de fincas de Grupo Escosa