Bahía de Portman

                                   

No consigue evitar la expulsión

La sección primera de Lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Murcia, desestima el recurso presentado por un extranjero contra la orden de 2021 de devolución a su país, alegando ahora que reside en La Union, lo que el tribunal considera que no se ha podido demostrar.


La parte apelante pidió que el auto fuese recurrido en base a que su cliente tiene domicilio en La Unión, pero el tribunal, en sentencia emitida el pasado mes de diciembre, pone en duda la representación legal del recurrente en esta fase: "...ha de concluirse que apreciado defecto en la representación procesal alegada por el letrado designado de oficio, al no constar acreditada la misma en legal forma -poder notarial o comparecencia apud acta- el requerimiento de subsanación
habrá de cursarse a dicho letrado compareciente y desestima la petición" / "...Por lo expuesto, y ausente en todas las instancias el interesado, y los representantes procesales del mismo sin acreditar ni facilitar la dirección de quien dicen representar y con el que lógica y legalmente han debido de entrevistar para recurrir y presentar demanda en su nombre, procede la desestimación del recurso" / "En definitiva, el extranjero -supuestamente recurrente- no ha intervenido en modo alguno ni figura en esta vía jurisdiccional, por lo que resultaba procedente el archivo de las actuaciones".  

La parte recurrente es condenada a pagar 250 euros por las cosas procesales.


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