Condenado por reincidir en saltarse una orden de alejamiento pese a que fue casual

En julio de 2021 fue condenado por un delito de quebrantamiento de condena y cinco meses más tarde volvió a acercarse, en la vía pública, a su expareja, siendo sorprendido por policías locales. El juzgado de Lo Penal número 2 del Partido Judicial de Cartagena lo condenó en septiembre de 2023 a nueve meses de prisión. Según las sentencias, no afecta si existió 'dolo' o no en su acción, remarcando que si el sujeto sabe que existe la prohibición, siempre debe respetarla.


La sentencia de la sala de Lo Penal fue recurrida alegando que el encuentro con la mujer fue casual y breve, con la única finalidad de hacerle unas carantoñas a su hija. La Audiencia Provincial hace unas fechas que se ha pronunciado indicando que, aunque no tuviera intención de infringir la prohibición, era conocedor de la misma y no debió incumplirla. "Basta el incumplimiento y la conciencia del mismo", remarca el tribunal.

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